La infructuosa aspiración de controlar las redes sociales
Daniel Ortega en su afán de acallar cualquier expresión contraria a su proyecto dictatorial ha criminalizado a personas usuarias de redes sociales.
El régimen Ortega Murillo en su propósito por acallar cualquier expresión contraria a su proyecto dictatorial, ha promulgado leyes para criminalizar a personas usuarias de redes sociales y plataformas digitales que se pronuncian en su contra o denuncian sus constantes violaciones a los derechos humanos.
El régimen Ortega Murillo en su afán por acallar cualquier expresión contraria a su proyecto dictatorial, ha recurrido a todas las formas de represión a su alcance. Desde el uso de la violencia estatal expresada a través de asedio, persecución, amenazas, intimidación, cárcel y destierro; hasta la promulgación de leyes para criminalizar a personas usuarias de redes sociales y plataformas digitales que se pronuncian en su contra o denuncian sus constantes violaciones a los derechos humanos. Pero, aun así, dadas las características virtuales, de masividad e inmediatez, el control de las redes y el internet ha sido una de las pretensiones más difíciles para la dictadura Ortega Murillo en su propósito de neutralizar toda disidencia.
Durante las protestas de 2018, las redes sociales fueron el vehículo por excelencia para convocar, expresar el descontento contra el régimen, informar sobre lo que ocurría y denunciar la represión estatal desatada contra la ciudadanía manifestante. Fotografías, videos, transmisiones en vivo mostraban al mundo el despertar de un país que se levantaba para repudiar el creciente autoritarismo del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.
Las redes sociales también sirvieron para documentar y mostrar evidencia de la matanza y otros delitos de lesa humanidad cometidos por el régimen para sofocar las protestas ciudadanas.
Tras la brutal represión, las protestas se trasladaron de las calles a las redes sociales, los medios independientes continuaban informando, la ciudadanía se expresaba sin restricción alguna y de muchas formas, afloraron canciones, memes, caricaturas, “tuitazos”, todos como parte de la lucha que se libraba contra el régimen oprobioso.
La dictadura neutralizó con violencia y balas las protestas masivas que salieron a las calles, pero no pudo contener la avalancha de expresiones de repudio y condena que se generó en su contra en las redes sociales. La oposición y la ciudadanía en general, estaba ganando la batalla virtual, opacando así la propaganda gubernamental que fluía a través de los medios oficialistas.
No obstante, ante la arremetida virtual irrefrenable, el régimen inició a buscar la forma de ralentizar la masividad de expresiones y denuncias, y fue así que promulgó leyes criminalizantes, las que junto a otras estrategias de represión ha puesto en marcha.
Si bien, la intensidad del uso de las redes por parte de la población bajó significativamente, el último reducto para la libre expresión aún sigue lejos de ser neutralizado. La ciudadanía continúa, bajo anonimato, y con ingenio, haciendo uso de las redes como una trinchera de lucha contra el régimen.
La Ley mordaza
En la búsqueda de frenar las expresiones en su contra, la dictadura Ortega Murillo, a través de la Asamblea Nacional, aprobó, el 27 de octubre de 2020, la Ley Especial de Ciberdelitos (Ley 1042), en la que establece penas de cárcel por la difusión de noticias falsas. La normativa, que tuvo el rechazo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Unión Europea y el gobierno de Estados Unidos, entre otros, entró en vigencia el 30 de diciembre de ese mismo año.
Tras su aprobación, especialistas en derecho constitucional advirtieron que esta ley, conocida como “Ley mordaza”, se riñe con los artículos constitucionales que protegen y garantizan los derechos la libertad de expresión, la libertad de prensa y la libertad de información.
La Constitución de la República de Nicaragua en su artículo 30, referido a la libertad de expresión, establece que: “Los nicaragüenses tienen derecho a expresar libremente su pensamiento en público o en privado, individual o colectivamente, en forma oral, escrita o por cualquier otro medio.” Asimismo, el artículo 68 de la Carta Magna, protege la libertad de prensa: “Los medios de comunicación públicos, corporativos y privados no podrán ser objeto de censura previa. En ningún caso podrán decomisar, como instrumento o cuerpo del delito, la imprenta o sus accesorios, ni cualquier otro medio o equipo destinado a la difusión del pensamiento.”
De acuerdo a un activista y especialista en informática consultado por Onda Local, las redes sociales son hoy por hoy, uno de los mayores frentes de lucha contra la dictadura, y esta se ve imposibilitada de contrarrestarlas, dada sus características de masividad y virtualidad.
“Sin las redes la realidad fuera otra, predominaría el discurso oficialista a través de sus medios propagandísticos, y se desconocería fuera de las fronteras la otra cara de la moneda” afirma el activista.
La fuente asegura que ninguna dictadura ha logrado el control sobre las redes, por más “leyes mordaza” que promulguen, la gente seguirá expresándose. A criterio del activista, la única forma es prohibiéndolas, pero eso también sería contraproducente porque el régimen también saca provecho de estas. “Tampoco podrán meter en la cárcel a todo mundo, no existe esa capacidad; lo harán con algunos, como lo están haciendo, pero es para intimidar a los demás” explica el activista.
Otras leyes para criminalizar derechos fundamentales
Previo a la aprobación de la Ley Especial de Ciberdelitos, el régimen aprobó otras leyes restrictivas, las que usa paralelamente para criminalizar a quienes se oponen o critican su modelo dictatorial.
El 16 de julio de 2018, en el marco de las protestas antigubernamentales, el régimen aprobó la Ley Contra el Lavado de Activos, Financiamiento de Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, (Ley 977), en la misma se establecen los delitos de terrorismo y de financiamiento del terrorismo, así como las penas asociadas a los mismos.
Posteriormente, el 15 de octubre de 2020, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros (Ley 1040), creada con el fin de limitar el trabajo de las organizaciones de sociedad civil y a la vez limitar el acceso a financiamiento de las mismas, incluyendo medios de comunicación independientes.
En diciembre del mismo año, surge de las entrañas de la Asamblea Nacional de mayoría sandinista, una nueva normativa para criminalizar a la oposición: La Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz (Ley 1055). Esta ley, complementaria a las anteriores se encarga de declarar como “traidores a la patria” a quienes el régimen considere como tales. Luego, en febrero de 2023, una nueva normativa represiva sale a luz, se trata de la Ley Especial que Regula la Pérdida de la Nacionalidad Nicaragüense (Ley 1145), con la que se priva de la nacionalidad nicaragüense a quienes el régimen considera traidores a la patria.
Haciendo uso de esta normativa, la dictadura Ortega Murillo, hasta la fecha ha despojado de la nacionalidad a más de 450 nicaragüenses, entre estos periodistas y directores de medios de comunicación independientes. De acuerdo a especialistas todas estas leyes son inconstitucionales y constituyen un paquete jurídico persecutorio que busca el control absoluto del poder eliminando cualquier expresión contraria al régimen.
Un nuevo zarpazo en ciernes: La Ley de Telecomunicaciones Convergentes
El 12 de marzo de 2024, la Iniciativa de Ley General de Telecomunicaciones Convergentes, fue enviada a la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional, para su consulta y respectivo dictamen.
De acuerdo al régimen, la iniciativa “persigue alcanzar un nivel muy cercano a la denominada regulación 4G y facilitar una conectividad de alta velocidad”, también arguye que dicha ley “promoverá la inversión para el despliegue de infraestructuras de redes y construirá un sólido sustento legal para garantizar la estabilidad y seguridad jurídica, mediante el establecimiento de regulaciones, disposiciones, condiciones, obligaciones y derechos”.
Asimismo, La iniciativa de Ley General de Telecomunicaciones Convergentes en el inciso uno, del artículo uno establece que dicha ley tiene por objeto “normar, regular, planificar, supervisar, fiscalizar y desarrollar el sector de las telecomunicaciones”.
En la exposición de motivos de la normativa se aduce que esta ley es necesaria para actualizar la legislación vigente sobre las telecomunicaciones, dado que la ley 200 (Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales), aprobada el 21 de julio de 1995 es ya una ley anacrónica y en la obsolescencia y por tanto se requiere de una nueva normativa que incluya regulaciones de los avances en materia de telecomunicaciones.
“Vista la longevidad de la Ley Número 200 y las condiciones actuales de la economía y los avances tecnológicos, se debe concluir que esta ley ya no encaja en el contexto actual, dada su muy limitada capacidad de regular nuevos y complejos escenarios que están fuera de su objeto y alcance” dice en parte la iniciativa.
Asimismo, añade que “resulta indispensable disponer de un marco legal regulatorio y de políticas públicas que esté en armonía con los avances científicos y tecnológicos”
Sin embargo, analistas han advertido que, si bien es necesario actualizar la legislación vigente respecto a las telecomunicaciones, el objetivo del régimen no es otro que buscar el control absoluto del internet y las redes sociales.
La Fundación por la Libertad de Expresión y Democracia (FLED), tras la presentación de la iniciativa ante la Asamblea Nacional el pasado 8 de marzo, advirtió que dicha iniciativa tiene como principal propósito “controlar de manera más estricta las comunicaciones”.
FLED refiere que de ser aprobada la ley “vendría a facilitar la persecución de la ciudadanía al obligar a los diferentes entes que prestan servicios a dar información del contenido que visualizan y al mismo tiempo controlará los demás aspectos necesarios para que las empresas gocen de las libertades de producción y emisión de contenido”.
El artículo 109 de la iniciativa estatuye que “los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones y proveedores de servicios de comunicaciones audiovisuales están obligados a suministrar toda la información que le sea requerida, incluyendo información estadística y georreferenciada, en forma periódica o como resultado de requerimientos específicos de TELCOR, en el ejercicio de sus facultades regulatorias”.
En ese sentido FLED resalta que “una vez aprobada, la nueva ley impondrá obligaciones de interconexiones de redes, y a su vez autoriza al Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR) para ajustar los cargos de acceso e interconexión en redes fijas y móviles”, lo que indudablemente tendrá efectos adversos en la ejercicio periodístico, dado que en la actualidad y dado el contexto, el periodismo se ejerce mayormente en las diferentes plataformas digitales, y “bajo esta nueva regulación se condiciona aún más el acceso y la distribución de la información”.
Reformas al Código Penal y a la Ley de Ciberdelitos
Con la finalidad de aumentar el control y la presión y limitar el uso de las redes sociales y otras plataformas digitales, el 10 y 11 de septiembre pasado, el régimen, a través de la Asamblea Nacional, realizó reformas al Código Penal y a la Ley Especial de Ciberdelitos.
En lo que respecta al Código Procesal Penal o Ley No.406, la reforma fue aplicada al artículo 230. Con la modificación de los incisos 9, 10, 12 y 13, de dicho artículo, se le otorga a la policía orteguista poderes adicionales como el de ejecutar allanamientos sin tener una orden judicial, si bien desde 2018 esta es una práctica recurrente de la institución policial, con la reforma se legaliza está acción que la policía ejercía de facto. Con las modificaciones el régimen otorga también a la policía, la facultad de solicitar a las compañías telefónicas información sobre sus usuarios, la que incluye llamadas, mensajes de texto y voz, así como su geolocalización.
En cuanto a las reformas hechas a la Ley Especial de Ciberdelitos, estas incluyen como novedad en la deriva represiva, el aumento de las penas por ciberdelitos y la judicialización de personas incluso fuera del territorio nicaragüense. Con las reformas aprobadas la duración de la pena máxima a los “ciberdelitos” aumenta de 10 a 15 años, pero además la ley persigue a quienes cometan estos delitos informáticos tanto dentro como fuera de Nicaragua.
La reforma también extiende el ámbito de acción de la Ley, al incluir entre las personas sujetas a su aplicación a familiares o cercanos a los acusados, a quienes la ley identifica como “cooperadores necesarios” y “cómplices.”
Esta reforma ratifica otra hecha previamente al Código Penal, el 3 de septiembre pasado, en la que se establece que nicaragüenses podrán ser enjuiciados aun estando en el exterior, de igual forma, podrán ser sujetos de multas y confiscaciones.
El espionaje ruso a favor del régimen
Un estudio del Instituto Jack D. Gordon de Políticas Públicas de la Escuela de Asuntos Públicos e Internacionales Steven J. Green de la Universidad Internacional de La Florida (FIU), dado a conocer en septiembre pasado revela las dimensiones del espionaje ruso instalado en Nicaragua, el que si bien, es para favorecer los intereses rusos en América Latina, el régimen Ortega Murillo, según el estudio, ha tenido el apoyo de tecnología de espionaje para identificar a opositores.
El informe titulado “Cómo la tecnología de vigilancia rusa está remodelando América Latina”, revela que para el régimen de Ortega fue clave un sistema de espionaje ruso denominado SORM, “para identificar rápidamente a los líderes de las protestas estudiantiles durante los disturbios civiles de 2018”.
El estudio también indica que La Dirección de Inteligencia Militar y Contrainteligencia del régimen de Ortega, conocida como Unidad 502, opera la base de Mokorón, y solo los funcionarios rusos pueden operar el sistema y acceder a la información recopilada.
“Este centro, que recopiló datos electrónicos y de vigilancia de ocho centros de escucha militar nicaragüenses a los que Rusia tiene acceso ilimitado, comenzó a funcionar en 2017 y desde entonces se ha expandido” señala el estudio.
“Esta capacidad ha sido clave para permitir que el régimen de Ortega identifique y elimine a los presuntos opositores al régimen, al tiempo que intenta constantemente penetrar en las comunicaciones clasificadas de Estados Unidos y la OTAN” enfatiza el estudio.
Las redes no se callan
Pese a toda la parafernalia represiva y jurídica puesta en marcha por la dictadura Ortega Murillo, incluidos los sistemas de espionaje rusos que operan en Nicaragua, las redes sociales siguen siendo para el pueblo nicaragüense, la vía de expresión para denunciar, informar y repudiar los desmanes y crímenes cometidos por el régimen y sus aparatos represores.
A criterio del activista y especialista informático, consultado por Onda Local, el control de las redes sociales y otras plataformas digitales, seguirá siendo una derrota para el régimen.
Si bien las estrategias represivas vulneran la libertad de expresión, la libertad de prensa y la libertad de información, controlar las redes sociales no es una misión fácil para ninguna dictadura. Son evidentes las expresiones de autocensura por el temor que infunden las leyes
La fuente reitera que “no está en sus manos la capacidad de controlar lo que se expresa a través de las redes sociales, no podrán callar las voces de miles de nicaragüenses en exilio, ni las plataformas informativas de los medios independientes”.
El activista resalta además la labor, que a través de las redes también realizan las organizaciones defensoras de derechos humanos, así como de otros sectores de la sociedad. “Tendrían que encarcelar y desterrar a la mayoría de nicaragüenses, y eso es una utopía”, puntualiza.