Tribunal de Conciencia responsabiliza a la dictadura de Daniel Ortega por violencia sexual contra personas detenidas
- 08 Sep 2020
- 5:15 p.m.
- Costa Rica
La primera sesión del Tribunal de Conciencia sobre crímenes de lesa humanidad en Nicaragua presentó en su primera sesión, 18 testimonios de personas apresadas entre el 21 de abril y el 25 de agosto de 2018, concluyendo que, en estos casos, mujeres y hombres fueron víctimas de violencia sexual, lo que consideran un hecho sistemático y no casual, siendo las autoridades estatales, las responsables de estos crímenes.
Los testimonios recopilados corresponden a 11 mujeres y 7 hombres, entre los 19 y 38 años, quienes fueron apresadas por participar en lo tranques y manifestaciones. De las personas detenidas, dos estaban vinculados con el gobierno, tres con experiencia en participación en campañas electorales y activismo social, doce participaban por primera vez en activismo por la rebaja de la pensión de jubilados y en apoyo a estudiantes universitarios. De estos casos recopilados, 10 personas estuvieron o pasaron por el Chipote, mientras que los otros estuvieron en postas policiales.
Las personas afectadas responsabilizan de estos actos a mujeres y hombres con uniformes de autoridades estatales, hombres vestidos de civil (algunos extranjeros) y los lugares en donde se practicó esta violencia fue en los vehículos durante la detención, pero principalmente en los centros de detención.
La perita Soraya Long del Tribunal de Conciencia explicó que se logró determinar las prácticas comúnmente realizadas a las 18 personas, “el peritaje concluye en que efectivamente hubo una práctica de violencia contra todas las víctimas, particularmente de violencia sexual, que esto constituye una forma de tortura y a que su vez esta tortura constituye un delito de lesa humanidad”.
Según la Comisión de Derecho Internacional, los crímenes de lesa humanidad son actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil y con conocimiento del ataque, además señalan que este tipo de acciones constituyen crímenes de derecho internacional porque amenazan la paz, seguridad y bienestar del mundo.
Según el Tribunal de Conciencia, la violación sexual como tortura constituye en Nicaragua un delito de lesa humanidad porque:
- Fue perpetrada por agentes estatales como parte de un plan o estrategia preestablecida, es decir, con intencionalidad y conocimiento del plan.
- Fue practicada de manera generalizada y sistemática.
- Se practicó contra la población civil.
- En el caso particular de las mujeres, sus cuerpos fueron instrumentalizados para enviar un mensaje de poder, para humillar, amedrentar, amenazar y lograr información.
La Corte Interamericana establece que una violación sexual puede constituir tortura aun cuando consista en un sólo hecho, siempre que: exista coincidencia entre la violación sexual y los elementos objetivos o subjetivos que califican a la tortura: intencionalidad, severidad del sufrimiento y la finalidad del acto.
Los hallazgos del estudio señalan que la violación sexual constituye tortura en tanto cumplen con los requerimientos de este delito: fue infligida intencionalmente, causó sufrimientos graves y severos daños (físicos y psicológicos), fue cometida con el propósito de intimidar, transmitir un mensaje, reprimir; y fue ejecutada por funcionarios públicos.
Para Long, la tortura sexual, particularmente la violación sexual, ha sido parte de un plan sistemático de autoridades nicaragüenses, acompañado de la promoción de la impunidad en materia de violación de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.