Corte IDH requiere al Estado de Nicaragua que libere a 45 personas presas políticas

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) otorgó medidas provisionales en favor de 45 personas privadas de libertad por razones políticas recluidas en ocho centros carcelarios de Nicaragua y requirió al Estado que proceda a liberarlas inmediatamente.

La Corte requirió al Estado que adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida, integridad y libertad personal de los integrantes de los núcleos familiares de las 45 personas privadas de la libertad. Además, le demanda al Estado que, de forma inmediata, adopte las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida, salud, acceso a alimentación, integridad y libertad personal de estas personas.

Mientras se realizan los trámites administrativos necesarios para la liberación inmediata de las personas beneficiarias de las medidas provisionales, la Corte IDH, le solicita al Estado de Nicaragua, facilitar el contacto periódico con familiares y abogados y a garantizar el acceso inmediato a servicios de salud y medicamentos. Asimismo, manifiesta que, esta orden, no puede ser utilizada para retrasar la liberación de las personas beneficiarias.

De igual manera, mientras se realizan los trámites administrativos necesarios para la liberación inmediata de las personas beneficiarias de las medidas provisionales, solicita eliminar la práctica de revisiones y requisas que afecten la intimidad y la dignidad de las personas visitantes.

La Corte IDH convocó al Estado de Nicaragua, a los representantes de las personas beneficiarias y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a una audiencia pública conjunta de los “Asuntos 45 personas privadas de la libertad en 8 centros de detención y Juan Sebastián Chamorro y otros’’, sobre las medidas provisionales dictadas en favor de los beneficiarios. Esta audiencia se celebrará durante el 154 Período Ordinario de Sesiones.

La Corte IDH solicitó al Estado que le informe a más tardar el 18 de octubre de 2022 sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta decisión. ‘’Con posterioridad, el Estado deberá presentar un informe periódico cada mes respecto de las medidas adoptadas de conformidad con esta decisión. Requerir a los representantes de los beneficiarios y a la Comisión Interamericana que presenten sus observaciones dentro de un plazo de una y dos semanas, respectivamente, contadas a partir de la notificación de los informes del Estado”.

 

 

Noticias | Corte IDH requiere al Estado de Nicaragua que libere a 45 personas presas políticas