Nacionalidad nicaragüense se perderá al adquirir otra
- 14 Ene 2026
- 12:05 p.m.
- Managua, Nicaragua
La Asamblea Nacional, controlada por la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo, aprobó de forma unánime, en segunda legislatura, la Ley de Reforma Parcial a los artículos 23 y 25 de la Constitución Política de Nicaragua.
Esta reforma conceptualiza la nacionalidad por encima de un simple trámite administrativo, estableciéndose como un "pacto sagrado de lealtad" a la patria. Bajo esta nueva premisa, el marco legal endurece las condiciones para mantener la ciudadanía nicaragüense frente a la adquisición de otras nacionalidades.
Ruptura del vínculo jurídico y moral
La reforma estipula que cualquier persona nicaragüense que decida adquirir una nacionalidad extranjera y jurar lealtad a otro Estado, rompe automáticamente el vínculo jurídico y moral con Nicaragua.
Durante la exposición de motivos, la diputada Loria Raquel Dixon, mencionó que a lo largo de la historia, “el pueblo nicaragüense ha demostrado que su lealtad a la patria es inquebrantable. Fueron nuestros Héroes y Mártires quienes permitieron que hoy vivamos en una Nicaragua Revolucionaria, libre y soberana".
Tras la ratificación de los cambios, que fueron publicados originalmente en La Gaceta en febrero de 2025, los artículos han quedado redactados de la siguiente manera:
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Artículo 23: Se establece que las personas extranjeras podrán nacionalizarse en el país, pero bajo la condición estricta de la renuncia previa a su nacionalidad originaria.
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Excepción: Se mantiene el derecho de los centroamericanos de origen residentes en el país para optar a la nacionalidad nicaragüense sin necesidad de renunciar a la propia.
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Artículo 25: Define de forma tajante que la nacionalidad nicaragüense se perderá de forma inmediata al momento de adquirir otra nacionalidad.