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Ni amnistía ni indulto

Julio López y Wilmer Madrigal | 21 May 2019

Ni amnistía ni indulto

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Un grupo de abogadas y abogados presentó las rutas de salida jurídica para la liberación definitiva de las personas privadas de libertad por razones políticas • Foto: Cristopher Mendoza Jirón

Un grupo de abogadas y abogados presentó las rutas de salida jurídica para la liberación definitiva de las personas privadas de libertad por razones políticas y descartó la amnistía y el indulto, ya que las personas acusadas son inocentes y no hay nada que se les deba perdonar.

Explicaron que la propuesta tiene como base la solicitud que el “Gobierno” realizó a la Secretaría General de la OEA para que se designara un garante en la mesa de negociación. También se sustenta en el acuerdo firmado el 27 de marzo de 2019, entre el régimen Ortega-Murillo y la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia sobre la liberación de personas privadas de libertad, de conformidad al ordenamiento jurídico del país y las respectivas obligaciones internacionales de Nicaragua, en el que se estableció un plazo máximo de 90 días para la liberación de todas las personas presas políticas, plazo que inició a partir del 20 de marzo 2019 y concluye el próximo 18 de junio.

                   

Para las y los abogados defensores de las presas y presos políticos, el actual ordenamiento jurídico penal nicaragüense cuenta con suficientes disposiciones legales para proceder por la vía administrativa y judicial a la liberación definitiva, segura y con garantías de todas las personas presas políticas, atendiendo la etapa procesal en que se encuentran.

Precisaron que cada caso será evaluado de manera individual, resaltando que existen dos tipos de condenados: Quienes han sido declarados culpables y quienes han sido obligados a declararse culpables.

A la fecha, se han excarcelado 336 presas y presos políticos, quedando pendientes 132, para cumplir antes del 18 de junio, señala la parte medular de una nota de prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, emitido este 21 de mayo de 2019, en el cual se felicita a sí mismo, por “avanzar” unilateralmente en el “cumplimiento” del Acuerdo de excarcelación de personas que “atentaron” contra la “seguridad y el orden público”.

La excarcelación de las últimas 100 personas se dio después que la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia se retirara de las negociaciones hasta que no se libere definitivamente a la totalidad de presas y presos políticos.   

Las rutas jurídicas presentadas pueden ser ejecutadas antes del vencimiento de los 90 días acordados en la mesa de negociación (18 de junio 2019) y están planteadas para hacerse efectivas en un plazo de 1 a 15 días como máximo, señalaron.

La liberación definitiva y segura implica que no deben quedar procesos penales pendientes, ni antecedentes penales registrados para ninguna persona.

La liberación con garantías está relacionada con la seguridad -como el no acoso y vigilancia de las personas excarceladas- libertad personal y familiar de las personas liberadas; así como la seguridad jurídica que no serán nuevamente perseguidos y procesados por motivos políticos.  

SEXTA

Personas que se encuentran con sentencias firmes, hayan o no admitido los hechos 

Procedimiento:  La persona condenada, a través de su defensa técnica promoverá una acción de revisión
Resolución: Sentencia absolutoria
Período estimado de ejecución: Máximo 10 días después de celebrada la audiencia
Instituciones involucradas y responsables de cumplimiento:  Personas presas políticas condenadas, defensa, sala penal del Tribunal de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia según corresponda y Ministerio de Gobernación (a través del Sistema Penitenciario Nacional)

SEPTIMA  

Justicia Penal Especializada (Adolescentes) 

Forma de Proceder: Son aplicables las consideraciones jurídicas planteadas en las rutas anteriores según la situación jurídica en que se encuentren

Resolución: Sentencia absolutoria, sobreseimiento

Período estimado de ejecución: En dependencia de la instancia en que se encuentren, teniendo en cuenta que se trata de la justicia especializada 

Instituciones involucradas y responsables de cumplimiento:  Unidad especializada de la Niñez y Adolescencia de la Fiscalía, defensa, Juzgado Especializado de Adolescentes,  Sala penal especializada en violencia y adolescencia (TAM), Sala Penal Corte Suprema de Justicia, Policía Nacional y Sistema Penitenciario. 

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