Corte IDH anunciará sentencia por demanda de pueblos Rama y Kriol
- 10 May 2024
- 11:15 a.m.
Los pueblos indígenas y afrodescendientes presentaron 19 Recursos de Amparo por las violaciones a sus derechos humanos fundamentales. • Foto: Onda Local
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), dio a conocer que ya tiene lista la sentencia sobre la demanda interpuesta por los pueblos Rama y Kriol, Comunidad de Monkey Point y de la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields, sobre el caso del Canal Interoceánico por Nicaragua.
La demanda fue interpuesta el 17 de enero de 2022, por las autoridades de estos pueblos ante la Corte porque el proyecto canalero violentaba sus derechos fundamentales, principalmente a la autodeterminación y la propiedad comunal.
El pueblo Rama y Kriol está integrado por nueve comunidades indígenas, seis del pueblo Rama y tres del pueblo Kriol, que habitan en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur (RACCS) y en el Departamento del Río San Juan, al sureste de Nicaragua. En tanto la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields, es la comunidad afrodescendiente más numerosa de Nicaragua.
Sentencia se daría a conocer a mediados del año
El Centro de Asistencia Legal a Pueblos Indígenas (CALPI), que da seguimiento al caso, dijo en un comunicado que “la Corte IDH informó recientemente que durante el 165 Período Ordinario de Sesiones, realizado del 7 al 22 de marzo de 2024, deliberó su sentencia, la que dará a conocer probablemente durante su próximo periodo de sesiones a realizarse mediados de 2024”.
Los argumentos de la demanda ante la Corte
Las autoridades indígenas y afrodescendientes de los pueblos mencionados, consideraron someter el caso a la Corte IDH, debido a la falta de respuesta del sistema judicial nicaragüense.
CALPI recuerda que entre 2013 y 2020 estos pueblos presentaron 19 Recursos de Amparo por las violaciones a sus derechos humanos fundamentales, sin haber sido amparados en ninguno de ellos por la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua.
Asimismo, los denunciantes refieren que el Estado violentó los derechos de estos pueblos a la autodeterminación, la propiedad comunal y al derecho a tener un medio ambiente sano estatuido en la Convención Americana, de la cual el Estado de Nicaragua es suscriptor.
Otros argumentos que sustentan la demanda interpuesta por estos pueblos, se basan en que el Estado de Nicaragua cooptó al presidente del Gobierno Territorial Rama y Kriol (GTR-K) y sin obtener el Consentimiento Libre Previo e Informado (CLPI) de las comunidades, lo hizo firmar un supuesto Convenio con la Autoridad del Gran Canal Interoceánico, en el que le otorgó ilegalmente el arrendamiento perpetuo sobre 263 Kilómetros cuadrados de tierra en el corazón de su territorio ancestral.
Asimismo, autoridades afrodescendientes de la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields denunciaron que el Estado de Nicaragua impulsó un gobierno paralelo al legalmente constituido por ellos. También abortó el proceso de titulación de su territorio tradicional e ilegalmente destituyó a su representante en la Comisión Nacional de Demarcación y Titulación (CONADETI).
También arguyen que el Estado entregó al gobierno paralelo un título de solo 7% de la tierra reclamada, dejando fuera 93% de su tierra tradicional para beneficiar el megaproyecto canalero.
Ley 840 cayó por su propio peso
Entre las demandas de estos pueblos estaba la derogación de la Ley 840 (Ley Especial para el Desarrollo de Infraestructura y Transporte Nicaragüense Atingente a El Canal, Zonas de Libre Comercio e Infraestructuras Asociadas), sin embargo la Ley cayó por su propio peso, al ser derogada el pasado 8 de mayo por la Asamblea Nacional, tras la solicitud del Ejecutivo a través de un trámite de urgencia que reformó también la Ley 800 (Ley del Régimen Jurídico del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y de Creación de la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua).
Con la derogación de la Ley 840, el Régimen Ortega Murillo, quitó la concesión al empresario chino Wang Jing, pero en la reforma a la Ley 800 mantiene vivo el proyecto canalero.
CALPI advierte en su comunicado que “los pueblos indígenas y afrodescendientes han sido afectados por estas leyes ya que ninguna de ellas fue consultada con estos pueblos, a pesar que 52% de la ruta del GCIN (Gran Canal Interoceánico de Nicaragua) atravesaba sus territorios tradicionales”.
Analistas han alertado que con la reforma a la Ley 800 y la derogación de la 840, lo que la dictadura pretende es buscar nuevos socios para la construcción del Canal Interoceánico, un proyecto al que no renuncia pese al fracaso que hasta ahora, después de 12 años, ha significado para el gobierno autoritario de Nicaragua.