Liberación de reos comunes trastoca el derecho de las víctimas a la justicia
En Nicaragua, la Constitución Política establece que una persona que está privada de libertad y condenada, puede salir de la cárcel a través de una amnistía o indulto, en ambos casos, estos beneficios deben ser aprobados por la Asamblea Nacional, pero la dictadura Ortega-Murillo aplica en las cárceles una estrategia que ha bautizado como “régimen de convivencia familiar”, con la que ha beneficiado a más de 30 mil reos comunes en los últimos ocho años, sin embargo, esta medida se otorga a discrecionalidad y sin implementar un mecanismo de regulación que establezca criterios específicos para que estas personas sean liberadas.
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El 10 de enero del 2021, la joven Katring López de 21 años, fue asesinada y tirada en un sumidero luego de celebrar su cumpleaños con unas amistades. El crimen ocurrió en la ciudad de Jalapa, fronteriza con Honduras. Cuando la Policía orteguista dio con el sospechoso, Bryan Jordan Flores, reveló que este tenía antecedentes por violación.
Días después trascendió que el asesino había sido liberado meses atrás bajo el régimen de convivencia familiar. Pobladores de Jalapa compartieron en redes sociales una fotografía del delincuente en la que aparece alzando la resolución que le otorgó la libertad.
El 11 de enero, un día después del asesinato de Katring, Diego Ronaldo Solórzano Pérez de 75 años, hermano del obispo Jorge Solórzano, fue asesinado por dos sujetos que se movilizaban en moto, mientras se encontraba dentro de su camioneta frente a su negocio en el barrio Monseñor Lezcano. Cristian Alemán Toruño, uno de los asesinos, había sido liberado el 20 de diciembre del 2019 gracias al indulto presidencial, según confirmaron sus propios familiares.
Estos son solo dos de varios casos de reos comunes que estaban cumpliendo una pena, fueron dejados en libertad bajo el “régimen de convivencia familiar”, y una vez libres volvieron a cometer un delito.
La dictadura Ortega Murillo viene aplicando está política desde el 2014, alegando que las personas liberadas estaban encarceladas por delitos “leves” y que cumplían condenas de cinco años o inferiores.
En los años posteriores se volvió una práctica recurrente. Dentro del discurso oficialista tras las liberaciones masivas sobresalen los argumentos de “promover la unidad familiar”, y “dar una segunda oportunidad a los reos”.
Para la doctora Vilma Núñez, presidenta del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, (CENIDH), organización cerrada y confiscada por el gobierno Ortega-Murillo, la medida es “inconsulta y abusiva”, porque no se respetan los procedimientos que establecen las leyes nicaragüenses. Explica que el cambio de régimen de detención tiene que hacerse a través de una resolución judicial, dictada por el juez de la causa, que conoce de cerca el caso.
Por su parte, Uriel Pineda, abogado especialista en derechos humanos, considera que tras la liberación masiva de reos comunes en Nicaragua hay varios elementos que entran en juego, a su criterio, desde la perspectiva de política criminal, la saturación de las cárceles en Nicaragua, en términos generales, tienen como origen la actuación impune de la Policía Nacional, lo que pone en evidencia que el cuerpo policial no está siendo sujeto a un control de efectivos jurisdiccionales.
El jurista explica que “si observamos desde la perspectiva estadística, nos damos cuenta que cualquier persona que sea procesada, va a terminar siendo condenada; lo que refleja una concentración de poder y una primacía de la actuación represiva de la Policía, versus lo que debería ser una independencia judicial, un Estado de Derecho o un debido proceso.”
Pineda advirtió que en el contexto que vive Nicaragua “cuando la Policía Nacional determina que una persona debe ser detenida por X o Y circunstancia, no hay un poder humano o control jurídico que logre revertir esa situación, eso es lo que refleja la saturación del sistema carcelario”.
Liberación masiva es medida paliativa
La figura del indulto y la figura de la amnistía son mecanismos que existe en las leyes y han sido usados por los diferentes gobiernos en la historia de Nicaragua. No así el “régimen de convivencia familiar”, una figura inventada por este gobierno, para hacer liberaciones de manera masiva y recurrente.
Vilma Núñez cree que el indulto y la amnistía son herramientas que bien usadas pueden resolver problemas de injusticia y pueden contribuir incluso a la paz social, pero no se pueden usar de manera abusiva como lo registra la historia reciente en Nicaragua.
Núñez recuerda que durante el gobierno de la expresidenta Violeta Barrios de Chamorro, se usó la figura de la amnistía para resolver problemas de la desmovilización y pacificación, pero fue criticada por su uso excesivo.
La mandataria no fue la única. “La revolución traicionada en el periodo de los ochenta, usó con mucha rapidez la figura de los indultos, siempre que sentía una presión de carácter internacional por los abusos de poder, por las violaciones de derechos humanos que estaban cometiéndose en el país en contra de la cantidad de presos que había en las cárceles, el gobierno sandinista trataba de bajar un poco la presión y dictaba indultos”, rememora Núñez.
Relata además que en ese tiempo se sumaban los abusos de poder que cometían los comandantes de la revolución. Núñez comenta que conoció casos en los que Tomás Borge, “se presentaba a una cárcel, se le acercaba un reo y le decía ¡Ay comandante ayúdeme!, va para fuera- saltándose todo”.
De la figura de “convivencia familiar” no hay antecedentes, “ni siquiera en la época de las violaciones de derechos humanos, ni las grandes cantidades de presos que llenaron las cárceles después del triunfo, ni siquiera en esos contextos hubo estos abusos”, señala la defensora de derechos humanos.
En tanto, Pineda recordó que durante los gobiernos de Arnoldo Alemán y Enrique Bolaños, no se recurría a esta figura de liberación masiva de reos porque había una mayor atención a este segmento de población. Resaltó que actualmente la atención es nula, y por ello “el régimen Ortega-Murillo se ve obligado a liberar presos de forma masiva porque simplemente no alcanzan en las cárceles.”
Dijo además que el problema se agudiza cuando lo que impera es un régimen autoritario y represivo que está saturando las cárceles de personas privadas de libertad. “Esta suma de factores es lo que va orillando al régimen adoptar estas medidas paliativas, porque no tiene con qué mantener a estas personas, no tiene una política de reinserción social efectiva, y no tiene, sobre todo, una política de atención a los problemas estructurales del país” aseveró.
Trasfondo estaría a otro nivel
Vilma Núñez cree que el trasfondo de estas liberaciones masivas tiene ribetes políticos- partidarios. “Lo ha usado de una forma utilitaria, con fines propagandísticos”. Prueba de ello es que las liberaciones se hacen en actos públicos en las instalaciones de los Centros, donde participan familiares y autoridades institucionales. “Lo que quieren es sacar réditos políticos de la familia de esos presos. Esto lo están usando como un mecanismo para ganar voluntades, para comprar gente”, reafirma Núñez.
Recuerda que en un inicio a esta medida le llamaron “perdón presidencial” y se ejecutaba en fechas emblemáticas como el Día de las Madres, fiestas patrias, Navidad y Año Nuevo, pero a partir del 2018 dejaron de utilizar la frase y ahora alegan que es para promover la “reunificación familiar”.
Por su parte Pineda ve otro trasfondo y analiza el tema desde la forma de actuar del régimen, en la que impera una naturaleza prebendaria, “cualquier persona que haya incurrido en una conducta delictiva y que obtenga un beneficio de preliberación, lo que hace es refrendar un esquema de lealtad hacia el régimen”, en ese sentido refirió que en otros tiempos esto se cobraría a través del tema electoral, es decir el compromiso del voto por parte de los reos liberados, pero en el actual contexto, dado que el tema electoral ya no es relevante, las lealtades a refrendar estarían en otro nivel, “incluso se puede establecer algún tipo de alianza con grupos juveniles como ya se ha denunciado y se ha observado en El Salvador por ejemplo, estos pactos de que han existido entre las maras y los diferentes gobiernos, no solo el de Nayib Bukele”, advirtió.
“Bodegas de seres humanos”
Pineda señaló que pese a que el régimen Ortega Murillo lleva 15 años consecutivos en el poder, luego de retomarlo en 2007, a la fecha no existe una política de atención a las personas privadas de libertad.
“Desde que asumió el régimen a la fecha, las cárceles en Nicaragua siguen siendo bodegas de seres humanos” afirmó, así mismo dijo que al no existir una política integral que atienda esta situación, se continúa criminalizando la pobreza, “si vemos las estadísticas nos damos cuenta que el gran universo, casi la totalidad de las personas privadas de libertad, están en un umbral de pobreza hacia abajo”.
Pineda advirtió que la falta de acceso a oportunidades de estudio y empleo, son factores determinantes para que una persona incursione en una vida al margen de la legalidad.
El jurista también resaltó que las probabilidades de reincidencia y retorno al sistema carcelario de reclusos que eventualmente son liberados son muy altas, porque no se atienden los problemas estructurales de reinserción social, “no hay un apoyo gubernamental, una política estatal orientada a la reinserción social, que tome en cuenta el apoyo en temas educativos, el apoyo al derecho al trabajo”.
En la misma vía destacó que las actividades que puede hacer una persona privada de libertad de cara a la reinserción social son muy limitadas, dado que hace falta establecer vínculos con empresas privadas o empresas que manufacturen productos, para darle la oportunidad laboral a los reos dentro de los mismos reclusorios, “lo que estamos viendo es que no hay un tratamiento adecuado a las personas privadas de libertad, no hay una política que esté atendiendo esto, y si se le suma a ello el tema la falta de control sobre la actuación policial, el resultado va a ser obviamente la saturación de los regímenes carcelarios” advirtió.
De acuerdo a la poca información que se publica desde el Sistema Penitenciario Nacional, el gobierno promueve algunas actividades educativas, como alfabetizar a reos que no saben leer, actividades deportivas, cursos técnicos de carpintería o electricidad, procesamiento de frutas y verduras, pero según analistas estos no son suficientes porque no tienen la cobertura ni el impacto deseado de cara a la reinserción social.
Caldo de cultivo para el crimen organizado
A criterio de Pineda, la liberación masiva de reos sin una estrategia efectiva de inserción social, sumado a la falta de empleos y las condiciones actuales del país, va a tener un impacto negativo, “consecuentemente vamos a ver incremento en ciertos tipos de delitos” advirtió.
Agregó además que “esto puede ser pan para hoy y hambre para mañana”, dado que probablemente con estas liberaciones el régimen se esté ahorrando dinero en cuanto a la construcción de instalaciones carcelarias y en cuanto a la manutención de los privados de libertad, argumentó que el problema de fondo estará en que, si bien es cierto la incidencia delictiva actual en Nicaragua no es de alto impacto, a mediano plazo el accionar delictivo puede salir de control.
Explicó que si bien en Nicaragua, hasta ahora no existen los niveles de homicidio como los que hay en otros países de la región, principalmente El Salvador, Honduras y Guatemala. Tampoco hay una industria del secuestro ni de la extorsión establecida en el país, “lo que se está generando al mediano plazo es que este tipo de empresa criminal empiece a tomar forma”.
Pineda alertó que “lo que se está haciendo es establecer vasos comunicantes para que se establezca una estructura criminal de segundo piso en Nicaragua, es decir, que empiece a operar de manera más estructurada el crimen organizado en cuanto a prácticas extorsivas”, aseguró que con tal situación “el régimen va a perder el monopolio de la extorsión, va a perder el monopolio incluso de la violencia, porque en la medida en que estos grupos puedan estructurarse y el régimen siga orientando la seguridad pública a reprimir a la oposición, el crimen organizado se va a consolidar y va a evolucionar”.
Desde el 2018 el régimen Ortega Murillo mantiene una persecución permanente de opositores. En las cárceles de Nicaragua actualmente hay más de 180 presos políticos y se han cerrado cerca de 1,200 organizaciones de sociedad civil consideradas por el régimen instrumentos de la oposición.
Discrecionalidad trastoca el derecho de acceso a la justicia
En relación a si se cumplen las normas y criterios legales que mandan la Constitución y otras leyes, para proceder a la liberación de reos comunes, Pineda arguyó que esto se hace a discrecionalidad y que por tanto el otorgamiento de indultos bajo esta condición, lo que hace es trastocar el derecho de las víctimas a la justicia, porque estas “tienen derecho a que los responsables del delito, del que fueron víctima, enfrente la justicia y con purga en una condena”.
El jurista recordó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, desde hace varios años, viene observándole a Nicaragua la discrecionalidad en el otorgamiento de indultos de manera tal que le recomienda reglamentar y regular los beneficios de preliberación, o en este caso el beneficio del indulto.
El artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en su numeral 3, faculta a la Asamblea Nacional “conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del presidente de la República”, sin embargo, no existe un mecanismo legal de regulación que establezca criterios específicos para que un reo obtenga estos beneficios.
Pineda explicó que, si bien el Poder Legislativo tiene por ley la facultad de otorgar indultos, debe hacerlo bajo parámetros y criterios previamente establecidos y no a discrecionalidad, para no actuar en detrimento del derecho de acceso a la justicia de las víctimas. “Este mecanismo en principio debería estar regulado, debería establecerse los parámetros objetivos, porque eso da pie a que tanto los ofendidos o las víctimas del delito, puedan objetar este tipo de liberación cuando sean en contravención a la ley”.
Agregó que en la medida que no se reglamente y que no haya un flujo de información sobre el tema, la discrecionalidad no sólo es grave, sino que es susceptible de ser corrompible, es decir que haya intereses económicos de por medio o detrás de algunas iniciativas o de algunos casos.
Parámetros básicos no se cumplen
Pese a que existe la Ley 621, o Ley de Acceso a la Información Pública, el secretismo impera en las instituciones estatales y este no permite hacer un recuento exhaustivo de nombres, cantidad, delitos, ni determinar el nivel de control que llevan las autoridades, también se desconoce el seguimiento que se hace con este tipo de liberaciones masivas. Aunque según medios oficialistas existe una comisión integrada por la Procuraduría General de la República, Ministerio de Gobernación y Poder Judicial, se desconocen detalles del quehacer dicha comisión.
En 2016, el diputado Carlos Emilio López, dijo a medios oficialistas que la medida era otorgada a reos cuyas condenas fueran menor a 5 años de cárcel por delitos no considerados de gravedad, pero a través de medios de comunicación independientes ha trascendido que muchos de estos convictos liberados, habían sido condenados hasta a 30 años de cárcel por delitos como violación, asesinato o femicidio.
Tal es el caso del reo Oscar Omar Flores, documentado por el medio digital La Lupa, quien fue condenado a 35 años de prisión por los delitos de asesinato más femicidio frustrado y fue puesto en libertad bajo el régimen de convivencia familiar en junio del 2020, cuando apenas había cumplido 5 años, 3 meses y 15 días de cárcel.
El monitoreo y registro que lleva el CENIDH refleja que desde el 2014 al 2021 se han excarcelado en los nueve sistemas penitenciarios (Estelí, Matagalpa, Chinandega, Managua, Granada, Chontales y Bluefields) cerca de 33 mil reos comunes, un promedio de cinco mil por año.
“En 2018 se sacaron de las cárceles a 1,034 reos comunes. En 2019 fueron 6,865 presos liberados en diferentes momentos, en el 2020 fueron 7,924”. Núñez relata que en ese año se especuló que la medida era adecuada, porque fue el año en que entró la pandemia de la Covid-19. “Dijeron que era una medida buena para descongestionar las cárceles, pero mientras hacían eso, mantenían hacinados y con signos de contaminación y todo lo demás a los reos políticos” aseveró.
Núñez enfatiza que en 2021 fue el año en que se cambió de régimen carcelario a más personas, y se hizo cerca de las votaciones presidenciales del 7 de noviembre. Agregó que “ese año, en unas declaraciones de Rosario Murillo, ella dijo que se habían excarcelados a 26, 386 ´compañeros´ les llamó, para que fueran a reunificarse con su familia”.
Según el medio oficialista 19 Digital, el martes 25 de febrero de 2020 durante la presentación de avances y planes instituciones por parte de instituciones de gobierno, la ministra de gobernación Amelia Coronel, detalló que se le habían otorgado “beneficios legales a 22,567 presos, para promover la unidad familiar (…), esta acción responde a una solicitud del Papa Francisco”, argumento que fue desmentido por diversos sectores religiosos y de sociedad civil.
Libertad condicional vs régimen de convivencia familiar
Aunque la libertad condicional corresponde a otra figura diferente al régimen de convivencia familiar, es importante resaltar lo que al respecto establece la ley 745 o Ley sobre el Descuento de la Sanción Privativa de la Libertad.
Esta norma jurídica estatuye en su artículo 16, inciso “b”, que se podrá otorgar libertad condicional en los delitos graves y menos graves, cuando la persona condenada haya cumplido las dos terceras partes de efectiva prisión, sin embargo, el mismo artículo aclara que este beneficio no aplica cuando se trata de un delito sexual cometido contra niños, niñas y adolescentes.
Pineda afirmó que si estos indultos se siguen manejando de manera discrecional por parte de la Asamblea Nacional, lo que se está promoviendo es la impunidad. Reiteró que esa discrecionalidad ya ha sido observada desde hace dos décadas por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “incluso los gobiernos que antecedieron al régimen Ortega Murillo fueron objeto de esta recomendación y naturalmente pues para el régimen, esto no solo no ha sido una prioridad, sino que permite especular y sospechar que puedan existir intereses económicos de por medio detrás de la liberación de algunas personas” concluyó.
Liberaciones incluyeron a reos de otras nacionalidades
Entre 2014 y 2016, según datos oficiales, las liberaciones masivas incluyeron a personas de diversas nacionalidades que cumplían condena en el Sistema Penitenciario Nacional, aunque la información publicada no especificó qué tipo de delitos purgaban.
¿Qué es el régimen de convivencia familiar?
De acuerdo a Pineda el régimen de convivencia familiar, tal como lo promueve el gobierno, no es más que un indulto, pues es la obtención de la libertad, dado que, si bien puede ser susceptible de una revocación, en el entendido que haya violaciones a las condiciones que la generaron, “en términos prácticos al no existir estos controles, al no existir estos seguimientos lo que te hace es una situación equiparable totalmente a un indulto”.
Para la doctora Vilma Núñez el régimen de “convivencia familiar” no tiene soporte jurídico. Considera que las y los reos liberados al regresar a sus casas a terminar la condena, prácticamente siguen cumpliendo una pena. “Porque el arresto domiciliar, es también una forma de cumplir una pena. Entonces prácticamente son unos usurpadores de las facultades del Poder Judicial”, refiere la jurista.
Encarcelamiento de opositores constituye crimen de lesa humanidad
Pineda aseguró también que estas liberaciones masivas de reos comunes constituyen una confesión por parte del Estado de que las cárceles están saturadas y que las condiciones en la que se encuentran los reos no son las adecuadas. “La admisión del régimen de la saturación del sistema carcelario, lo que hace es crear evidencia o pruebas de la falta de condiciones en que se encuentran las personas privadas de libertad en el país”.
El régimen Ortega Murillo, como producto de la rebelión cívica de abril del 2018, encarceló a más 700 opositores, cuya mayoría fue liberada por una cuestionada Ley de Amnistía decretada en junio de 2019.
Sin embargo, a partir del 2021, la dictadura inició una nueva cacería de opositores, y además de recapturar a varios excarcelados, encarceló a aspirantes presidenciales, estudiantes, empresarios, líderes campesinos y periodistas. A la fecha mantiene en sus mazmorras a más de 180 personas presas políticas.
Pineda refirió que las condiciones en que se encuentran los presos políticos, es significativamente distinta dado que estos no están en prisión por delitos comunes, sino que son víctimas de persecución política por adversar o ser críticos del gobierno.
Estos reciben un tratamiento diferenciado que los priva de alimentación y atención médica adecuada, visitas frecuentes de sus familiares, condiciones de esparcimiento entre otras. Afirmación que ha sido constatada por las familias, quienes además han denunciado que estos viven permanentemente bajo torturas, tanto físicas como psicológicas. Como consecuencia de estas condiciones el exguerrillero Hugo Torres falleció mientras estaba recluido en la cárcel conocida como “El Nuevo Chipote”.
Pineda argumentó que muchas de estas personas deberían estar libres porque se les otorgó orden de libertad por medio de medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Vea más detalles en: Estado de Nicaragua desacata resoluciones de la Corte IDH
Hasta la fecha, a petición de la Corte IDH, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha dictado medidas provisionales para 31 personas presas políticas, medidas que no han sido acatadas por el Estado de Nicaragua.
Al respecto, el jurista refirió que la negativa del régimen lo que viene a demostrar es la saña de la cual son objetos estos presos políticos, “porque por un lado está liberando a presos comunes argumentando la saturación del sistema y por otro lado insisten en mantener privadas de su libertad a personas que organismos e instancias internacionales han señalado que son presos políticos.”
Finalmente, Pineda opinó que la privación arbitraria de la libertad de la que son objeto las personas presas políticas, contraviene las normas del derecho internacional, lo que a la vez viene a configurar un crimen de lesa humanidad, “dado que se mantiene una política de Estado, de persecución, de castigo y de privación de la libertad contra estas personas”.