Concejales liberales denuncian toma de la Alcaldía de Wiwilí de Jinotega

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La secretaria del Concejo Municipal, Alba Marina Cárdenas, denunció la ilegalidad de la sesión realizada por concejales sandinistas • Foto: CPDH

Los concejales liberales del municipio de Wiwilí de Jinotega denunciaron ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) que, 13 concejales del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), se tomaron por la fuerza la alcaldía.

Los concejales sandinista entraron por la fuerza a la Alcaldía de Wiwilí de Jinotega el 27 de octubre de 2020

Las autoridades de la Alcaldía de Wiwilí de Jinotega denunciaron que, los concejales sandinistas, con apoyo de la Policía de Daniel Ortega y del Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM), ingresaron por la fuerza al edificio de la municipalidad, la tarde del 27 de octubre de 2020.

La alcaldía permanecía asediada por la Policía Orteguista desde la noche del 25 de octubre, previo a una sesión extraordinaria convocada por la jefa de bancada del FSLN, Blanca Cerna, para aprobar una resolución de pérdida de condición de la alcaldesa, el vicealcalde y la secretaria propietaria y suplente del Concejo Municipal y nombrar a sus sustitutos. 

Los 13 concejales sandinistas nombraron a Helen Toruño, Miguel Guerrero y Celso Amador, alcaldesa, vicealcalde y secretario del concejo municipal, respectivamente.   

Alba Marina Cárdenas Aguilar, secretaria del Concejo Municipal de Wiwilí de Jinotega, calificó como una barbarie lo ocurrido con la alcaldía y explicó que este proceso inició el 10 de junio de 2020, con la suspensión de la alcaldesa municipal, Reyna Hernández, por no haber pagado una millonaria deuda de C$16,538,128.23 a 36 extrabajadores que renunciaron y otros que fueron despedidos por tener cargos de confianza.

“Salen algunas indemnizaciones por más de 2 millones 445 mil córdobas a personas que tenían un salario de 13 mil córdobas; por tanto, ha sido de imposible el cumplimiento esta sentencia, ya que el presupuesto municipal de la alcaldía es de 11 millones y nos fue ordenado pagar en un término de tres días”, explicó la secretaria del Concejo.   

El vicealcalde, Manuel Blandón, asumió como alcalde en funciones del municipio de Wiwilí de Jinotega, el 15 de junio de 2020. Pero, el 9 de octubre, también fue inhabilitado como alcalde en funciones por un período de dos años, el cual finalizará el 9 de octubre de 2022.  Además, fue condenado a pagar una multa de 100 mil córdobas.     

La alcaldesa Reyna Hernández y el vicealcalde Manuel Blandón fueron inhabilitados para ejercer sus cargos, después de ser declarados “culpables” por el delito de desobediencia o desacato a la autoridad en perjuicio de 36 extrabajadores de la Alcaldía de Wiwilí-Jinotega, quines , reclaman una indemnización por más de 16.5 millones de córdobas.   Fotografía / Alcaldía de Wiwilí de Jinotega

La alcaldía de Wiwilí de Jinotega prácticamente ha sido descabezada por el Poder Judicial al inhabilitar a Reyna Hernández y Manuel Blandón, alcaldesa y alcalde en funciones, respectivamente, denunciaron los concejales liberales.

La secretaria del concejo informó que interpusieron un recurso de apelación, y que, mientras no haya una sentencia firme o absolutoria, no puede convocar a sesión extraordinaria. La secretaria del Concejo basa su argumento en el artículo 28, numeral 24 de la Ley de Municipios, que señala entre las atribuciones del concejo, resolver sobre la suspensión o pérdida de la condición de Alcalde, Alcaldesa, Vicealcalde, Vicealcaldesa, Concejales y Concejalas, en los casos previstos en los artículos 23 y 24 de la presente ley, e incorporar a quien corresponda. El artículo 23 de la Ley de Municipios es claro en señalar que “El Alcalde, Alcaldesa, Vicealcalde, Vicealcaldesa, los Concejales y las Concejalas, quedarán suspensos en el ejercicio de sus derechos, mientras dure la pena de privación de libertad o de inhabilitación para ejercer el cargo al que fueron electos, siempre y cuando hayan sido condenados mediante sentencia firme”.  

El artículo 24 hace referencia a las causas por las cuales el Alcalde, Alcaldesa, Vicealcalde, Vicealcaldesa, los Concejales y las Concejalas, pueden perder su condición. Una de estas, condena mediante sentencia firme a pena de privación de libertad o de inhabilitación para ejercer el cargo por delito que merezca pena más que correccional por un término igual o mayor al resto de su período.  No obstante, tanto Reyna Hernández como Manuel Blandón tienen sentencias firmes.  

La secretaria del Concejo también se apega al articulo 37 del Reglamento a la Ley de Municipios, el cual estipular que el quórum para las sesiones del Concejo Municipal se constituye con la presencia de más de la mitad de sus miembros. Y que, en todos los casos, se requerirá la asistencia del Alcalde, salvo lo establecido en el numeral 24 del Artículo 28 de la Ley de Municipios. La Alcaldía de Wiwilí de Jinotega está conformada por 26 concejales, 13 del FSLN y 13 liberales, por lo que los sandinistas no logran mayoría.

“Obediente a la Ley, yo tengo que esperar que a mis manos llegue esa sentencia para poder hacer la convocatoria, como lo estipula el artículo 30, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Municipios, el cual establece que “el alcalde convocará por escrito a las sesiones, a través de la secretaría”.

El 25 de octubre de 2020, la jefa de Bancada del FSLN, convocó a sesión extraordinaria al concejo municipal e invitó a concejales suplentes de la bancada del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), denunció Alba Marina Cárdenas. “Ella no está facultada para convocar a sesión, razón por la que el Partido orientó a la bancada que no se hicieran presentes”.   

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