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La pulverización de los vestigios del Estado de derecho en Nicaragua

Onda Local | 11 Feb 2026

La pulverización de los vestigios del Estado de derecho en Nicaragua

Las reformas constitucionales mandadas hacer por Rosario Murillo y Daniel Ortega, la pareja dictadora de Nicaragua, fueron, en sentido metafórico, un terremoto que derribó los pilares, previamente debilitados, del Estado de derecho y la institucionalidad en Nicaragua, y que ensanchó las grietas ya existentes en lo que respecta a las garantías y respeto de la mayoría de derechos fundamentales de las y los nicaragüenses.

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La dictadura bicéfala que usurpa el poder en Nicaragua, con el propósito de perpetuar su modelo totalitario y someter a la población nicaragüense a sus deseos y caprichos, ordenó a la Asamblea orteguista, la aprobación de la iniciativa de “Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua”, enviada al Parlamento el 19 de noviembre de 2024 y aprobada en dos legislaturas, la primera el 21 de noviembre y la segunda y definitiva el 30 de enero de 2025, publicada en La Gaceta el 18 de febrero.
De acuerdo con expertos, tal acción, dadas sus dimensiones, requería de una Asamblea Constituyente, porque no se trató de simples enmiendas, sino de la modificación de 148 artículos y la derogación de otros 37 de los 198 que contenía la anterior Carta Magna.

El mayor impacto de las reformas: La demolición de la dignidad humana

A criterio del experto constitucionalista, Juan Diego Barberena, el mayor impacto generado sobre la sociedad nicaragüense con la promulgación de la nueva constitución a la medida de Murillo y Ortega, es que con esta se elimina el principio de la dignidad humana como presupuesto de todos los derechos fundamentales, entre los que resalta el inalienable, inherente e imprescriptible derecho a la libertad en todas sus expresiones, pero principalmente a “la libertad individual, a la libertad ambulatoria y a la libertad física”.

Lo que plantea Barberena sobre la demolición de la dignidad, ya había sido advertido por el Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua de Naciones Unidas (GHREN), tras la aprobación de las reformas en primera legislatura en noviembre de 2024. 

Jan-Michael Simon, presidente del Grupo, alertó en ese momento que dicha reforma “elimina el respeto a la dignidad de la persona como principio de la nación, poniendo a Nicaragua en contradicción con el consenso mundial que considera la dignidad como la piedra angular del orden internacional basado en los derechos humanos”.

En la misma vía el GHREN resaltó que la constitución de Ortega y Murillo, otorga a la pareja dictadora “un poder ilimitado” lo que traería consecuencias “nefastas y trascendentales” para los derechos fundamentales del pueblo nicaragüense.

Pero ese impacto trasciende avasallando todas esferas de la vida política y social de esta nación centroamericana.

Para la activistas y defensora de derechos humanos Haydeé Castillo, el impacto que implican las reformas a la Constitución ya se venía sintiendo desde antes y después del 2018. Como ejemplo pone el tema de la independencia de poderes, “eso hace mucho tiempo que lo decapitaron” advierte, resaltando a la vez que lo que se hizo a finales de 2024 e inicios de 2025 con las reformas, fue plasmarlo sobre el papel con el propósito de legalizar su modus operandis.

“Lo que hicieron con esta Constitución fue legalizar todo lo que pusieron en ese nuevo papel, porque en realidad eso no es una Constitución de la República, no goza de legitimidad, está hecha al pulso, a imagen y semejanza de una pareja ambiciosa, sin límites” sentencia Castillo. La activista añade que, para efectos jurídicos legales, tiene un impacto brutal porque consuma la anulación del Estado de derecho.

Por otro lado Castillo hizo alusión a un aspecto de gran relevancia que no se debe pasar por alto, la declaración de un Estado socialista, lo que se traduce en la desaparición del pluralismo político, pues en la Constitución de Murillo y Ortega, se establece que solo podrán participar en elecciones los partidos políticos que se acoplen u obedezcan a esa Constitución.

Castillo señaló que, al redactar de otra manera todo el articulado de la Constitución, lo que se hizo fue ajustar la Carta Magna a un discurso de Rosario Murillo. 

“Nos decapitaron los derechos”

Castillo señala que en síntesis, en la nueva Constitución, todos los derechos humanos y principalmente los civiles y políticos queda regidos por el carácter y las necesidades de Rosario Murillo y de Daniel Ortega.

“Nos decapitaron los derechos civiles y políticos, económicos, sociales, y ambientales, los de primera, segunda y tercera generación” lamenta a la vez que advierte que las necesidades que vive el pueblo nicaragüense dado el empobrecimiento en que está sumido, no permite muchas veces cobrar conciencia total de lo que eso significa.

Agregó que sin embargo, con pocas palabras la población puede compartir y reflexionar alrededor de lo que se vive cada día.

“Por ejemplo, no es normal que la Policía allane tu casa sin orden judicial, lo que ya se hizo costumbre por parte de la dictadura; no es nada normal que no puedas tener un juicio justo, no es normal que ellos te impongan el abogado que ellos quieren, son cosas tan elementales” afirma la activista.

En la misma línea añadió que no es normal que maten a alguien en la Costa Caribe, o lo que está pasando en el norte de Nicaragua, que las personas amanecen muertas y dicen que fue un accidente sin hacer una investigación, o que a una familia le entreguen el cadáver de un preso político y que simplemente le digan “vengan a recoger el cadáver.”

En tanto, a criterio del abogado y activista Salvador Marenco, integrante del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más, las reformas impactan a toda la ciudadanía nicaragüense, tanto dentro como fuera del territorio nacional, en el sentido que “nos deja a todos sin ningún tipo de garantía”.

Marenco además, en consonancia con Castillo, califica las reformas como legales e inconstitucionales que solo buscan darle forma de legalidad a los crímenes cometidos por el régimen. “Nicaragua es un Estado que no tiene Constitución, que no tiene fundamentación ni base jurídica, no hay ningún pacto social. Al contrario, básicamente lo que pretende esta Constitución es legalizar las actuaciones criminales y arbitrarias que ellos ya han venido cometiendo”.

El defensor de derechos humanos señala que la separación de poderes no existe en Nicaragua desde mucho tiempo atrás, y que la nueva Constitución solo lo viene a formalizar. “Esta Constitución lo viene a recoger, pero que ya se menciona a nivel de texto constitucional es aún más grave porque es un reconocimiento tácito de los crímenes de lesa humanidad y las violaciones a derechos humanos que ellos han perpetrado”.

Recordó además que desde 2018, la población nicaragüense ha tenido suspendido el goce de sus derechos, pero con las reformas, el asunto se profundiza y se reviste de mayor gravedad, porque el nuevo texto constitucional lo que hace es refrendar las arbitrariedades de la dictadura.

En la misma vía señala que de acuerdo a la Constitución de Murillo y Ortega, para gozar de un derecho, hay que regirse a los nuevos principios constitucionales, que son ser revolucionario, socialista y no injerencista, “es decir, no traicionar a la patria y ser sumiso o leal a la pareja dictatorial”.

El activista reitera que al legalizar un modelo que ya existía, se está tratando de dar legitimidad, sobre la ilegalidad, a las violaciones a derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad que la dictadura han venido perpetrando, y con ello, obtener vía libre en tres dimensiones: Garantizar la impunidad, suspender los derechos de manera aparentemente legal, y oficializar la persecución transnacional a través de la Constitución.

Abolición del Estado de derecho consumada

Barberena advierte que al disminuir la categoría de los poderes del Estado, de poder a órganos, con la finalidad de concentrar en la presidencia las funciones o las administraciones judiciales, legislativa y electoral, se está consumando el propósito de la pareja dictadora de arrogarse la concentración absoluta del poder y por tanto también se consuma la abolición del Estado de derecho.

En cuanto a la categoría de “órgano” a la que han sido reducida los poderes del Estado; el experto constitucionalista acota que, el término órgano, resulta ser “una categoría jurídica indeterminada y ni siquiera estamos hablando aquí de órganos constitucionales, sino de órganos, punto y final.”

Refiere a la vez que esta decisión déspota, tiene repercusiones comunes y  particulares en cada una de las entidades estatales mencionadas, de acuerdo a sus funciones o razón de ser.

“Legisladores que no legislan”

En lo que compete al Legislativo, Barberena resalta que “no hay una sola iniciativa de ley que se haya aprobado de febrero a la fecha, ni de leyes ordinarias, ni de leyes constitucionales, ni de reformas constitucionales, que no sea a propuesta de la Presidencia de la República”.

En ese sentido señala que las y los diputados de la Asamblea Nacional, cuya función conforme la ley orgánica de la Asamblea Nacional es legislar —y legislar implica proponer una ley, es decir, tener capacidad de iniciativa de ley— han perdido esa principal atribución.

“Ya no proponen los diputados una iniciativa de ley, todas las iniciativas de ley las propone la presidencia y los diputados se ven obligados a aprobarlas. Ahí es una de las principales manifestaciones (…) Ese es uno de los principales reflejos de la concentración absoluta del poder y de la abolición del Estado de Derecho” subraya el experto.

Otra facultad perdida por el Legislativo que se refleja como una repercusión más es que también perdieron la facultad de proponer funcionarios públicos, como es el caso de magistrados judiciales, “ahora lo propone la presidencia y lo que hace la Asamblea es aprobarlo” afirmó.

Órgano electoral bajo lo que decida la pareja dictadora

En el campo de los derechos civiles y políticos, Barberena recuerda que estos son todos aquellos derechos ciudadanos, que en una democracia, permiten a la ciudadanía tener una relación directa con los órganos de poder, una relación directa con los poderes públicos.

“Los más elemental que conocemos es el derecho al sufragio activo y pasivo” advierte el experto.

En ese sentido hacer referencia al otrora Poder Electoral, hoy un órgano más bajo la supervisión del Ejecutivo, es decir, la pareja en el poder, según la nueva Constitución a su medida, también dominará la concentración de la administración electoral.

“El Consejo Supremo Electoral, va a tener que depender absolutamente de la Presidencia de la República y no solamente en lo que respecta a certificación de los procesos electorales” advierte Barberena quien a la vez señala que el nivel de injerencia e intervención de la pareja dictadora se verá en los próximos procesos electorales.

Marenco por su parte también hace aportes al análisis desde su perspectiva alrededor de la perdida de independencia e imparcialidad de los poderes del Estado, disminuidos ahora a órganos supeditados al Ejecutivo.

El defensor de derechos humanos advierte que el hecho de que la pareja dictadora concentre el poder de manera absoluta sobre la totalidad de instancias que constituyen el Estado, tiene repercusiones graves sobre los derechos civiles y políticos de la población.

En el caso del Poder Electoral, ahora órgano electoral, al quedar este sometido totalmente a la voluntad el Ejecutivo, tal como está planteado en la nueva Constitución, lo que se avizora es un escenario sin elecciones libres y transparentes, “porque el derecho de partidos políticos, el derecho de asociación, está regido bajo los principios constitucionales de ser revolucionario, ser socialista y no injerencista, es decir, es imposible la configuración tanto material como estructural de cualquier tipo de elecciones libres en el país”.

En lo que respecta al Poder Judicial, señala que ocurre exactamente lo mismo. En ese sentido refiere que “lo que hemos visto en el Poder Judicial ha sido una barrida sin precedentes, antes de la reforma constitucional.”

Marenco también resalta que antes de las reformas a los 148 artículos constitucionales, el Parlamente se había eliminado la obligación constitucional de otorgarle anualmente a Poder Judicial el 4% del Presupuesto General de la República, lo que conllevó a “una sumisión a través de la asfixia económica y a través de la inoperancia del mismo Poder Judicial”.

En efecto, el artículo 159 de la Carta Magna establecía que: “El Poder Judicial recibirá no menos del 4% del Presupuesto General de la República.” No obstante, dicho artículo reformado en primera legislatura el 23 de noviembre de 2023 y ratificado en segunda legislatura el 17 de enero de 2024 refiere, sin especificar monto, que “El Poder Judicial recibirá una partida del Presupuesto General de la República para el cumplimiento de sus funciones". De igual forma el Parlamento integró esta y otras modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por otro lado Marenco hizo hincapié en que paralelamente la dictadura reformó el artículo 165 de la Constitución para restarle facultades y atribuciones al Poder Judicial y traspasarlos a la Procuraduría General de la República. Finalmente, con la reestructuración del Estado en la nueva constitución, quedaron totalmente debilitados todos los poderes del Estado y fortalecido el Ejecutivo ejercido por la pareja dictadora.

Sobre el Poder Legislativo Marenco advierte que básicamente sigue manteniendo la misma sumisión lo que ha permitido la promulgación y aplicación de decenas de leyes represivas. “Más de 20 leyes represivas y eso por poner un número muy bajo, muy conservador. Solo entre 2024 y 2025 vieron al menos una docena de leyes represivas, entre que podemos mencionar la Ley de Telecomunicaciones Convergentes, y la Ley 1212, que elimina las organizaciones o las asociaciones, entre otras tantas leyes que han servido para oficializar la represión transnacional”.

Un Poder Ejecutivo bicéfalo, absoluto y sin frenos

El jurista Uriel Pineda, experto en derechos humanos, explica que la democracia se sustenta dos elementos esenciales: El respeto a los derechos humanos y la separación de poderes, y la importancia de este último radica en que sirve de contrapeso. “Este sistema de contrapeso frena el abuso de autoridad por parte ya sea del Congreso, ya sea del Poder Ejecutivo, siendo un árbitro indudablemente la administración de justicia”.

En ese sentido agrega que “al subordinar los poderes del Estado, lo que ocurre es que este sistema de garantías queda condicionado a criterios políticos; es decir que en función del pensamiento político o de los posicionamientos políticos que pueda tener una persona en Nicaragua, esta puede recibir justicia o se le puede denegar justicia más allá de la aplicación misma de la ley”.

Asimismo agrega que la eliminación de estos contrapesos en Nicaragua significa que el país tiene un Poder Ejecutivo, además de singularmente bicéfalo, que no tiene materialmente la posibilidad de sufrir frenos o de encontrar obstáculo a las decisiones que tomen, “de manera tal de que la administración de justicia, tal y como la conocíamos, como un contrapeso de poder, ha desaparecido en términos formales y en términos reales y en consecuencia cualquier abuso de poder del Ejecutivo no va a encontrar límites en el ámbito jurisdiccional nacional, como ocurre en cualquier democracia”.

La pérdida de nacionalidad, el destierro y la apatridia como venganza política

El más reciente zarpazo contra los derechos humanos se consumó el 14 de enero de 2026, cuando la Asamblea Nacional aprobó en segunda legislatura, la reforma a los artículos 23 y 25 de la Constitución, referidos a la nacionalidad.

La reforma había sido propuesta y aprobada en primera legislatura en mayo de 2025, y con la reciente aprobación se completó el ciclo de dos periodos legislativos que mandata la Carta Magna para realizar una reforma constitucional.

Con la nueva enmienda, el artículo 25 establece que “la nacionalidad nicaragüense se perderá al momento de adquirir otra nacionalidad”.

Cabe recordar que el artículo 20 de la anterior Constitución establecía que: “Ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional nicaragüense no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad.”

También es pertinente resaltar que en el artículo 24 de la Constitución de Murillo y Ortega quedó establecido que: “Las y los traidores a la Patria pierden la nacionalidad nicaragüense”, quedando a criterio o discrecionalidad de la dictadura decidir quién es declarado traidor a la patria, como ya ha ocurrido con cientos de nicaragüenses que han sido desterrados y desnacionalizados bajo esa acusación.

El Colectivo de Derechos Humanos para la Memoria Histórica de Nicaragua, mediante un comunicado titulado “Desnacionalización y apatridia, una de las herencias de la dictadura” y fechado el 9 de enero 2026, rechazó la política sistemática de desnacionalización ejecutada por el régimen de Murillo y Ortega.

La organización recordó que entre febrero de 2023 y septiembre de 2024, la dictadura despojó de su nacionalidad a 452 nicaragüenses.  El 9 de febrero de 2023 el régimen desterró a 222 personas expresas políticas a las que posteriormente se les privó de su nacionalidad. El 15 de febrero del mismo año, fueron desnacionalizados 94 nicaragüenses más, y el 5 de septiembre de 2024, el régimen desterró a Guatemala 135 nicaragüenses.

El Colectivo advirtió también que “a estas acciones se suma una forma de apatridia de facto que afecta a cientos de nicaragüenses a quienes se les niega la renovación de pasaportes, cédulas de identidad, certificados de nacimiento y el ingreso a nuestro propio país.”

En cuanto a lo relacionado a la pérdida de nacionalidad establecida en la Constitución de Murillo y Ortega, así como las otras acciones contra la población migrante nicaragüense, principalmente contra quienes sufren persecución política o son percibidos como opositores, el jurista Uriel Pineda, asegura que es una forma de venganza y castigo político.

El experto refiere que para comprender las repercusiones de estas medidas sobre la vida de miles de nicaragüenses que se han visto obligados a abandonar el país para resguardar su integridad, su seguridad y su libertad, y escapar de la esfera de persecución imperante, hay que partir por analizar cómo se sitúa Nicaragua dentro del fenómeno de la migración; primero independientemente de ese ámbito represivo y asumiendo que existe de un flujo migratorio real constante y natural movido por la aspiración de una mejor calidad de vida.

Es decir, según Pineda, el fenómeno migratorio nicaragüense está definido por dos flujos: El flujo migratorio ordinario o convencional y el flujo migratorio que sufre persecución política, pero que ambos segmentos son afectados con la medida referida a la pérdida de su nacionalidad de origen. En consecuencia, la medida, de acuerdo al experto, implica un castigo adicional tanto al flujo migratorio convencional y como flujo migratorio que se desplaza huyendo de la persecución.

En ese sentido Pineda explica que independientemente de las motivaciones, miles de nicaragüenses que migran y terminan haciendo su nuevo hogar en el país de acogida, aspiran a protegerse legalmente no solo a través de obtener una residencia o estatus legal, sino también transitando hacia una protección más amplia mediante un proceso de naturalización o de adquisición de otra nacionalidad.

“El que es perseguido políticamente y que trata de resguardar su seguridad, su integridad y su libertad, tiene ahora que afrontar la decisión de que si sale del país, como castigo adicional se encuentra con la pérdida de la nacionalidad, y en cuanto al flujo ordinario de migración, que son quienes buscan en sí una mejor calidad de vida o posibilidades de desarrollo, también van a afrontar un castigo por aspirar, a mejores condiciones de vida” explica Pineda.

El especialista advierte que “la migración finalmente es un derecho humano reconocido internacionalmente y castigar ese flujo migratorio que naturalmente tiene Nicaragua y que se acentúa en el ámbito de la represión, impacta, desde una perspectiva material, en la vida cotidiano de las y los nicaragüenses, y desde una perspectiva más jurídica y más formal, “estamos ante una franca y llana regresión en materia de derechos humanos”.

Pineda afirma que la Constitución Política de Nicaragua reconocía la doble nacionalidad en el entendido de que somos un mundo globalizado, y por tanto, en esa sociedad globalizada es natural que existan flujos migratorios, “lo que no debería ser un obstáculo para tener un vínculo no solo familiar o afectivo, sino territorial con Nicaragua; poder apelar, a esta protección internacional que podría brindar este vínculo con el país como lo es, por ejemplo, la asistencia consular”.

El retorno de la apatridia como herencia dictatorial

Pineda hace hincapié que en el plano internacional, desde después de la Segunda Guerra Mundial se desarrollaron esfuerzos dirigidos a asegurar y garantizar que los desplazamientos humanos y movimientos migratorios no estuvieran signados por la apatridia en el mundo.

No obstante, según el experto, lo que se ha hecho a partir de hace tres años en Nicaragua es un despropósito en relación con ese objetivo mundial que se consideraba prácticamente superado. “En consecuencia lo que hace esta disposición es generar mucha incertidumbre jurídica, porque, aunque la lógica indica que adquirir otra nacionalidad hace perder la nacionalidad de origen y muchos países regulan esta esta situación, que se haga con Nicaragua en un contexto internacional no favorable para las migraciones y para la regularización migratoria puede tener un impacto severo en el sentido de esta protección internacional de la nacionalidad.”

Pineda aclara que la disposición no está en abierta contradicción con el supuesto de que para adquirir otra nacionalidad se debe renunciar a la de origen, pero su aplicación en el contexto de Nicaragua puede generar severos inconvenientes, porque la medida podría aplicarse discrecionalmente teniendo efectos respecto del patrimonio, de la seguridad jurídica y de la herencia o la transmisión que se puede hacer de la nacionalidad de padres a hijos.

En síntesis, Pineda advierte que con esta la disposición se está claramente frente a una regresión en materia de derechos humanos y específicamente en el derecho a la nacionalidad, primero porque se castiga a quien migra por mejorar sus condiciones económicas o sus oportunidades de desarrollo y refrenda, digamos, este castigo contra quienes sufren persecución política en Nicaragua, y aunque se establezca la irretroactividad de la medida, “en la práctica eso puede generar muchos inconvenientes que puede tener factores adicionales de afectación, sobre todo en la esfera patrimonial de las personas migrantes”.

Un sistema político sostenido por las fuerzas represivas

Por otro lado Haydeé Castillo subraya que hay que recordar que “el sistema político, dictatorial y tiránico de Rosario Murillo y Daniel Ortega, está sostenido en el respaldo de la Policía, las fuerzas de seguridad, los paramilitares y miembros de los CPC, que juegan el papel muchas veces hasta de la mano blanca que había antes en los tiempos de Somoza”.

La activista advierte del peligro que conlleva que la pareja dictadora, en su Constitución, en lugar de consolidar al Poder Judicial o a la misma Asamblea Nacional como poderes del Estado, los reduce a órganos subordinados a ellos y amplía las atribuciones a las instancias que los sostienen en el poder a través de la fuerza, la imposición y la represión, en clara alusión a la Policía, el Ejército y los grupos paramilitares. “Es como una monarquía absoluta de facto, en donde prácticamente otorga un poder total a los esposos dictadores que rompieron todo el acuerdo social” acota Castillo.

Castillo recordó que la Constitución de la República de Nicaragua de 1987 fue ese acuerdo social al que se llegó a través del pluralismo político representado en la Asamblea Nacional, y aunque también tuvo reformas parciales posteriores, continuaba como una base jurídica sólida. No obstante, con la Constitución diseñada a la medida de la pareja dictadora han quedado sepultadas las reglas del juego que habían sido refrendadas en la anterior Carta Magna.

En tanto, Pineda asegura que el régimen, ante tal concentración de poder, nunca ha necesitado darle formalidad normativa a la represión, pero que la ha incluido en la reforma constitucional, con el fin de generar una apariencia de congruencia normativa para instrumentalizar a las instituciones del Estado, específicamente la Policía Nacional como el instrumento represor.

“Esencialmente lo que buscan es legitimar ante sus propios seguidores o ante la militancia sandinista, el papel represor de la Policía Nacional que es elemental para que el régimen permanezca en el ejercicio del poder” advierte el experto.

Sin embargo también señala que si bien la idea es tratar de dar legitimidad al papel represor de la policía, “ese papel represor debería quedar circunscrito o limitado, digamos, a estándares internacionales sobre el uso de la fuerza, por ejemplo, el uso de las armas de fuego, en las tareas de seguridad, hecho que no se cumple, pero además velar por estándares sobre personas privadas de libertad y sus derechos y es algo que tampoco se ha respetado en el país”.

Barberena en tanto sí cree que el régimen necesitaba dotar de cierta legalidad no solo a la Policía, sino también a las fuerzas paramilitares y parapoliciales constituidas por civiles armados como cuerpo armado irregular y represivo. En ese sentido agrega que, por eso lo han dispuesto en su Constitución, igualmente la llamada reserva militar patriótica, conformada por militares retirados.

El especialista considera que tal acción tiene dos fines: Uno, infundir terror, y dos, darle un estatus legal que les permita operar en un determinado momento, “por eso los sacaron ahí a la calle y pusieron a 10 mil, 15 mil hombres encapuchados dispuestos a dar la vida por Daniel Ortega” asegura.

Barberena cree que el objetivo del régimen es que no sean percibidos por la ciudadanía únicamente como paramilitares, como civiles armados sin ninguna atribución legal, que únicamente andan buscando a la gente para amenazarla o para matarla; sino verlos ahora como oficiales voluntarios que están establecidos en la Constitución, que tienen un certificado legal.

El jurista afirma que el peligro que esto representa para la seguridad ciudadana es mayor cuando no se sabe cómo funcionan estas fuerzas de choque en la institucionalidad. “No sabemos cuándo actúan, cómo actúan, quién los dirige, quién los coordina, qué coordinación tiene que tener con la Policía Nacional propiamente dicha ante una determinada situación”.

También advierte que otro riesgo inminente es que tal situación puede ser caldo de cultivo para el crimen organizado.

También más presupuesto

Marenco por su parte resalta que el régimen ha favorecido a las fuerzas represivas y la institución armada, que lo sostienen en el poder, como prebenda política aumentando sus partidas presupuestarias, a costa de recortar los presupuestos de otras instancias gubernamentales más importantes para la ciudadanía y el país.

“El año pasado vimos que se recortó el presupuesto de educación, pero se aumentó el presupuesto al Ejército y a la Policía” afirma el activista, quien a la vez asegura que todo es parte de una estrategia, pues con la nueva Constitución también se reviste de impunidad a la institución castrense y al brazo represor del régimen y de paso a las fuerzas de choque paralelas, “porque lo que se debe leer en esta Constitución es la garantía total de la impunidad a la actuación del Ejército, la Policía y de los agentes paraestatales que ahora son denominados policías voluntarios”.

Recordó que en la Constitución ha quedado plasmado el reconocimiento y apoyo estructural estatal y por ende económico a las fuerzas de choque que protegen al régimen Ortega Murillo.

La Constitución de Murillo y Ortega ante el derecho internacional

Con las reformas constitucionales también se han violentado convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.

Pineda refiere que irrebatiblemente los derechos humanos son un elemento característico de las democracias, y el perfeccionamiento de la democracia también pasa por formar parte del concierto de tratados internacionales y compromisos internacionales que Nicaragua ha suscrito en el entendido de que es un país de vocación democrática.

No obstante, la eficacia de estos acuerdos, se pierde en la medida en que un país va tomando distancia del marco democrático.

Desde esa perspectiva, señala Pineda, es comprensible en el entendido que hay una acumulación de poder y que hay un interés y una necesidad de eliminar cualquier sistema de observancia, de auditoría, en este caso internacional, sobre la vigencia de los derechos humanos, lo que se traduce no solo en la regresión democrática, sino un aislamiento internacional de Nicaragua.

El jurista resalta que en el caso de Nicaragua está claro el déficit democrático y en consecuencia la falta de interés del régimen en cumplir los compromisos internacionales en materia de derechos humanos “en un acto de enorme soberbia y sobre todo absolutismo o totalitarismo con el que guían el país”.

“En Nicaragua el régimen no tiene interés en siquiera guardar la apariencia de democracia, pues hay una sistemática violación a las a obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos y en general del derecho internacional” puntualiza Pineda.

¿Es posible judicializar desde el derecho internacional una Constitución?

El experto Constitucionalista Juan Diego Barberena, afirma que ante la violación de los convenios internacionales que queda patente en la reforma constitucional de Murillo y Ortega, surge todo un debate doctrinal, jurídico y académico sustentado en las siguientes interrogante: ¿Qué tanto rango jerárquico superior son los tratados internacionales versus la Constitución?, ¿Está la Constitución en la cima del ordenamiento jurídico o está el Tratado Internacional de garantía de derechos humanos encima de la Constitución?

Para aproximarse a una respuesta, Barberena explica que “la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que los tratados internacionales en materia de derechos humanos, de carácter progresivo, están encima de los textos constitucionales de los Estados, es decir, que tienen un carácter supranacional”.

El experto insiste en que al margen del debate, queda claro que la Constitución reformada por el régimen Ortega Murillo, incumple de hecho varios tratados, entre los que menciona, La Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto de San José; la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, la Convención en Contra de la Tortura, Tratos Inhumanos Crueles y Degradantes; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a los que se suman otra serie de instrumentos tanto universales como regionales que han sido violentados por parte del Estado con esta reforma.

A criterio de Barberena, teniendo claro lo anterior, lo que precede a nivel internacional, es explorar la posibilidad de que la reforma constitucional sea judicializado por un órgano jurisdiccional internacional, aunque admite que hasta ahora no conoce un caso en el derecho comparado internacional, en el que se haya judicializado una reforma constitucional por violar una serie de convenios internacionales y violar en consecuencia derechos humanos.

Sin embargo explica que la ausencia de un caso como el referido se da porque la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), conoce de normas que transgreden la Convención Americana de Derechos Humanos partiendo de un caso concreto de violación, en ese sentido recordó el caso de Fabio Gadea Mantilla, quien interpuso ante la Corte, la responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua por la violación sus derechos políticos y a su protección judicial, en el marco de su participación política como candidato presidencial en el proceso electoral de 2011.

El empresario radial y excandidato presidencial, alegó en esa ocasión que la inscripción de Daniel Ortega en la contienda electoral de ese año, era ilegal porque pese a que la Corte Suprema de Justicia habilitó la reelección presidencial, el artículo 147 de la Constitución de la República, como máxima ley la prohibía. 

La Corte IDH, condenó en enero de 2025, al Estado de Nicaragua por violar los derechos políticos de Gadea, por la falta de integridad del proceso electoral de 2011 y por la actuación abusiva del aparato estatal para conseguir la reelección de Ortega.

En ese sentido Barberena explica que para judicializar la reforma constitucional de Murillo y Ortega, tiene que haber una víctima venida de ese hecho. “En el caso concreto, nosotros tenemos que identificar a quién está directamente afectando. Entiendo que hay una afectación general de esta reforma, sin embargo, tenemos que individualizarlo” argumentó a la vez que aseguró que a partir de la  individualización se podrá crear una teoría del caso o un cuadro fáctico, “es posible perfectamente judicializarlo en órganos jurisdiccionales” acotó.

El pasivo accionar de la comunidad internacional

Por otro lado, es pertinente relevar que en lo que respecta a la comunidad internacional, esta muchas veces se ha limitado a condenar las acciones arbitrarias de la dictadura a través de declaraciones y pronunciamientos, pero en el caso concreto de las reformas a la Constitución ¿qué se puede hacer desde los organismos internacionales de derechos humanos y desde la comunidad internacional, más allá de la denuncia?

Para el defensor de derechos humanos Salvador Marenco, “lo que la comunidad internacional debe hacer, es, uno, homogeneizar sanciones, como lo ha recomendado el GHREN en su último informe, y dos, elevar la parada en cuanto a temas de justicia a nivel internacional”.

En ese sentido señaló que han sido reconocidos al menos seis crímenes de lesa humanidad cometidos por la dictadura y estos deben ser juzgados. “Los perpetradores están identificados no solo los 54 de la lista de GHREN. El Colectivo (Nicaragua Nunca Más) presentó una lista de 126 perpetradores en el Museo de la Memoria” recordó.

También hizo énfasis en que el régimen carece de toda credibilidad y legitimidad luego de abandonar la mayoría de mecanismos a nivel internacional.

“Nicaragua ha dejado de ser un Estado” asegura, porque a su criterio lo que se hizo no fue reformar la Constitución, sino eliminarla y sustituirla por otro texto ilegitimo. Marenco argumenta que la naturaleza de un Estado está sustentada precisamente su propia Constitución que es donde descansan los cimientos jurídicos de un país.

Al dejar de existir la Constitución, deja de haber seguridad jurídica en Nicaragua. “No hay una seguridad jurídica dentro del país que permita una inversión estable, tampoco fuera del país, porque el gran capital también ha sido perseguido en Nicaragua por el régimen Daniel Ortega y Rosario Murillo en dependencia de sus beneficios” asevera.

En tanto Castillo resalta lo paradójico e irrisorio que resulta leer en esa Constitución que Nicaragua está circunscrita al derecho internacional, y señala que es pura verborrea si se toma en cuenta que la pareja dictadora ha sacado a Nicaragua de casi de todas las agencias de Naciones Unidas, así como del Consejo de Derechos Humanos, también recordó que el régimen expulsó a la representación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), al Programa en Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),y también abandonó la Organización Internacional del Trabajo (IOT), por mencionar algunas de las instancias internacionales más importantes.

“Entonces, lo que dice (la Constitución) es una mentira que ya uno no sabe cómo explicarlo. Ellos no respetan nada, pero ese irrespeto al marco internacional les está pasando factura porque prácticamente se quedaron guindados de la brocha, o sea, ya no tienen de dónde agarrarse porque ellos prefirieron, en vez del multilateralismo, a Irán, China y Rusia” sentencia la activista a la vez que advierte que tras la extracción de Nicolas Maduro en Venezuela, Ortega y Murillo se han estrellado con una realidad, dado que ni China, ni Rusia, ni Irán, reaccionaron ante la extracción del dictador venezolano.

Las acciones ante la eventual salida de la dictadura

Ante el hipotético derrumbe de la dictadura en Nicaragua, se tendría que dar paso a un proceso de transición democrática genuino con la participación de todos los sectores posibles, en el que debe primar la condición de destapar la verdad tal cual es, en busca de justicia y reparación. Ese es en principio el curso ideal.

Uriel Pineda cree que esa premisa está cada vez está más presente en el inconsciente de los nicaragüenses dentro y fuera de Nicaragua.

El experto refiere que “desde los derechos humanos lo que se ha vivido es una grave y profunda crisis de violaciones y eso implica que la respuesta deberían ser mecanismos de justicia transicional y esto parte de que el centro ante una transición democrática debe ser el conocimiento de la verdad de lo que pasó”.

Pineda advierte que, si bien podemos ver los efectos de la represión, no así cómo se configuró la misma, quién la ordenó, quiénes la ejecutaron, porque esto implica también un nivel de responsabilidad.

No obstante, resalta que finalmente lo idóneo es que la sociedad se reconcilie y dé vuelta a la página, es decir, que una vez depuesto el régimen y llamado a cuentas sus colaboradores y cabecillas, pueda el país continuar la vida en democracia, sin resentimientos, sin diferencias debido a la deuda de justicia que podría enfrentar el país. “Eso como remedio jurídico” acota.

Pero, tal proceso, advierte, no se puede desprender del accionar político y se vuelve un poco más impredecible, en ese sentido la apuesta es el involucramiento de todos los sectores. “Debemos apostar todos y cada uno de los nicaragüenses a que una vez que se deponga el régimen, se restablezca la vida en democracia en el país, y que se establezcan reglas de convivencia democrática, fortaleciendo la institucionalidad” asevera.

Todo lo que implica ese proceso es por demás complejo. Pineda resalta que, “primero porque es difícil saber cómo va a caer el régimen y segundo, tenemos que tener claridad en Nicaragua de que el día después de mañana, cuando esto ocurra, tenemos que caber todos los nicaragüenses”.

El especialista aclara que, cuando se refiere a todos los nicaragüenses, está tomando en cuenta que “hay nicaragüenses que han luchado por mucho tiempo contra la dictadura y hay nicaragüenses que han permanecido al lado de la dictadura por las circunstancias que sean”. No obstante, también acota que, los compatriotas que han estado del lado de la dictadura, no necesariamente tienen un nivel de participación o protagonismo en la represión y esas personas también deben de formar parte de la nueva Nicaragua.

En ese sentido añade que “no es adecuado ni correcto deponer un régimen y aniquilar todo lo que representó ese régimen, porque si bien es cierto, el régimen ha reprimido para mantenerse en el poder, no podemos negar el hecho de que dentro de esa estructura gubernamental también hay un quehacer digamos cotidiano o propio de una administración pública y esto debe de equilibrarse ante una transición democrática”.

Dicho de otro modo, se debe identificar esa línea delgada para diferenciar cuáles son los elementos estructurales y esenciales de la maquinaria represiva y cuáles los que fueron parte de un operar cotidiano habitual de la administración pública en el país”.

“Debemos imaginar el país que queremos construir”

Para Haydeé Castillo es determinante ir más atrás y analizar la historia para poder terminar con el sistema político caudillesco que tiene ya más de 200 años. En ese sentido adelantó que “nosotros en el Espacio de Diálogo ya estamos preparando y consultando una propuesta de lo que debería de ser el horizonte de país que queremos”.

La activista refiere que lo primero que se tiene que preguntar el pueblo de Nicaragua es qué tipo de país queremos construir. “Primero imaginemos desde ya el país que queremos para nuestros hijos, nietos, no solo para nosotros, porque seríamos egoístas” advierte. En el mismo sentido agrega que no se debe pensar en soluciones cortoplacistas, “no debemos permitir pan para hoy y hambre para mañana porque tenemos que ser responsable con las nuevas generaciones”.

En segundo lugar, señala Castillo, “necesitamos ponernos de acuerdo sobre el proyecto de la transición; necesitamos construir una propuesta para la transición política que empieza primero con la liberación de los presos, el retorno de todo el exilio político y económico con libertad y seguridad, para que podamos, dentro, construir, hacer oposición y todo lo demás en condiciones”.

En tercer lugar, la activista ubica el proceso de derogación de “los papeles que construyeron, creyendo que estaban sustituyendo la Constitución de la República y volver al menos, a la que teníamos, la de 1987”.  Junto a la derogación de la Constitución de Murillo y Ortega, Castillo propone la eliminación de todas las otras leyes que van contra de los derechos, políticos, sociales, económicos y ambientales, de la ciudadanía. Otro aspecto que resalta es la devolución de las ciudadanías y de todos los bienes confiscados.

Asimismo ubica como una tarea urgente reformar las fuerzas de seguridad. “Tiene que desarmarse a todos los paramilitares y tiene que haber una reforma en la Policía fundamentalmente y revisar una parte del Ejército porque yo no creo que todo el Ejército esté de acuerdo con todo lo que está pasando” señala.

Sin embargo, la activista considera que nada de eso será posible sin la base de la voluntad política de todos los sectores, para generar un espacio verdaderamente plural, un espacio concertado entre las fuerzas políticas, económicas y sociales en pro de reestablecer la democracia. “Aquí tiene que haber una alianza, coalición construida con la presencia de la sociedad civil, de los partidos políticos, de la empresa privada y de ese consenso empujar, porque si nosotros ya vamos divididos o con un solo partido, eso no representa el pluralismo político en Nicaragua” asevera.

La transición pasa por una Constituyente

Para Barberena, “no hay transición democrática sin Asamblea Nacional Constituyente”. El experto advierte que no se va encontrar el colofón de la transición a la democracia si no hay un nuevo ordenamiento jurídico político. “Esa es la primera premisa importante” asevera.

Marenco subraya lo mismo: “Hay que crear una Asamblea Constituyente con representatividad del pueblo, con representatividad de todos los sectores, que puedan hacer un nuevo pacto social”.

El defensor de derechos humanos añade que precisamente el pacto social no es más que la confluencia de todos los sectores para ponerse de acuerdo y definir las bases sobre las que se debe cimentar el nuevo Estado, para regir en lo sucesivo la vida democrática, la vida política y la vida cotidiana de la población nicaragüense.

No obstante Barberena advierte que el asunto es complejo. “Tenemos que empezar con lo que existe, porque no puede haber una transición inmediatamente con una Constituyente, porque primero tiene que haber una una transición de régimen político”.

Para ello considera que primero, tiene que haber una reforma parcial a la Constitución “que garantice nuevamente los derechos ciudadanos, que establezca la independencia de poderes del Estado, en consecuencia, restablezca el estado de la dignidad de la persona, y esa Constitución arbitre un proceso electoral que genere un nuevo régimen político que debe estar obligado a convocar a una Asamblea Nacional Constituyente”.

Pero por ahora, de acuerdo con Barberena, no se puede concebir la posibilidad de una transición con el texto constitucional de Murillo y Ortega tal y como está, “es imposible” sentencia. 

Asimismo señala que “se va a necesitar de mucho pragmatismo de los actores políticos, se va a necesitar de mucha capacidad de escucha de la gente y se va a necesitar, al momento en que se convoque a una Asamblea Nacional Constituyente, la transición, que va a ser complejísimo”.

El experto también refiere que lo planteado corresponde a la parte jurídico-constitucional, pero luego está la parte política, la parte de los paramilitares, la tarea de sanear las instituciones públicas, de generar independencia a las instituciones públicas, y recobrar la confianza de la gente en estas.

“Al convocarse la Asamblea Nacional Constituyente, la gente tiene que ir a votar y elegir a sus diputados constituyentes, darle el mandato de crear una nueva Constitución que va a implicar garantizar sus derechos y establecer la independencia de los poderes públicos y el funcionamiento del Estado”. Explica Barberena, pero advierte que el asunto no termina ahí, pues esa Constituyente tiene que conformar cabildos de escucha, de debate, de deliberación y de propuesta de la ciudadanía.

Si no es así, afirma, vamos a tener una Constitución fruto de la reflexión única y encerrada y en consecuencia limitada de un grupo de señores y de señoras. “Se necesita garantizar la participación de la población para que podamos tener un texto constitucional que sea fruto de las reivindicaciones, de las demandas, de las necesidades del pueblo de Nicaragua” puntualiza.

Por su parte Marenco, reforzando el planteamiento de Barberena, afirma que esa nueva Constitución “debe ser una que se amolde a nuestra historia, a nuestras necesidades, a nuestra idiosincrasia y a nuestra realidad histórica, dejando como punto fundamental algún tipo de prevención para las dictaduras, para la impunidad, para el olvido y reparaciones para las víctimas”.

Con es auspicio del Fondo de Canadá para iniciativas locales de la Embajada de Canadá para Costa Rica, Nicaragua y Honduras.

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