Sala Constitucional de Costa Rica anula disposiciones presidenciales que prohibían salida del país a solicitantes de refugio

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La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica anuló este 30 de agostos dos decretos sobre migración emitidos por el gobierno de Rodrigo Chaves. • Foto: Archivo / Onda Local

Los decretos presidenciales de noviembre de 2022, que prohibían la salida de una persona solicitante de refugio del territorio costarricense fueron declarados este miércoles 30 de agosto como “inconstitucionales” por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica al considerarse que atentaban con los derechos de las personas refugiadas. 

El fallo 2023-21440 fue emitido a raíz de una acción de inconstitucionalidad en contra del Decreto 43810-MGP del 29 de noviembre de 2022 que había reformado el artículo 59 del Reglamento de Personas Refugiadas y contra el artículo 4, inciso f) del Decreto 43809-MGP denominado “Reforma Categoría especial temporal para personas nacionales de Cuba, Nicaragua y Venezuela, cuyas solicitudes de refugiado se encuentren pendientes de resolución o hayan sido denegadas”.

Los magistrados consideraron que ambas disposiciones del presidente Rodrigo Chaves son inconstitucionales, porque violentan el principio de reserva de Ley, el derecho al refugio, la libertad de tránsito y el principio de no discriminación por razón de nacionalidad.

“Los magistrados consideraron que si bien es una atribución del Poder Ejecutivo trazar la política migratoria del estado costarricense, y definir las acciones para enfrentar la situación que vive el país en la actualidad por el incremento de solicitudes de refugio de personas provenientes de Cuba, Nicaragua y Venezuela, por la profundización de las situaciones políticas, sociales, económicas y de orden público que atraviesan esas naciones, las disposiciones impugnadas son inconstitucionales por ser contrarias al numeral 31 de la Constitución Política y a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, incorporados en nuestro ordenamiento jurídico por la aprobación de la Asamblea Legislativa”

Antecedentes del caso

El Tribunal, también conocido como Sala IV, dio a conocer su fallo definitivo luego que en febrero de 2023 emitiera una resolución en la cual daba ´ha lugar´ la solicitud de salida de un periodista nicaragüense en situación de exilio que había pedido a la Dirección General de Migración y Extranjería autorización de viaje al extranjero y que esta instancia le había negado.

En diciembre de 2022 este periodista, director de un medio de comunicación independiente de Nicaragua había solicitado ante la DGME su salida temporal de Costa Rica, pero se le comunicó que si realizaba el viaje “su expediente seria archivado” ya que al estar fuera del país no se le podía brindar protección internacional.

El periodista expuso ante la Sala IV que la DGME le informó que de materializar su salida perdería los cinco años que tenía esperando su trámite de refugiado. Respecto a casos similares se conoció que hasta mayo de 2023 el Estado costarricense ya había acumulado 17 condenas de la Sala Constitucional a pagar las costas, daños y perjuicios causados a personas refugiadas a las cuales se les negó un permiso de salida del país, producto del Decreto Ejecutivo 43810-MGP firmado por Rodrigo Chaves.

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